¿Cómo se le puede pagar el salario al trabajador?
Antes de meternos de lleno en como pagar la nómina en efectivo, hemos de revisar lo que dice el Estatuto de los Trabajadores al respecto del pago de salarios, en el artículo 29.4.
En el mismo nos indica que se puede pagar en moneda de curso legal, es decir en efectivo, ya sea por medio de cheque, o a través de entidades de crédito.
Resumiendo, se puede hacer el pago de la nómina de tres formas distintas:
- en efectivo
- por cheque
- transferencia bancaria.
Pero veamos las consecuencias de cada uno de estos casos.
¿Puede un empresario pagar la nómina en efectivo?
Esta cuestión ha tenido un cambio normativo recientemente, la Ley 11/2021 de 9 de Julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal
En la misma se limita a 1.000€ los pagos en efectivo, cuando una de las partes que participa es un empresario o profesional.
Esto quiere decir que las nóminas superiores a un importe de 1.000€ ya no se pueden pagar en efectivo.
El objetivo buscado con esta medida es luchar contra el fraude fiscal, acabar con salarios ocultos, eliminar impagos de toda o una parte de la nómina, e intentar que no se retrase el pago de las mismas.
Tampoco es válido pagar una parte en efectivo y otra parte por transferencia bancaria.
Y tal vez te preguntes…
¿Qué beneficio tiene pagar la nómina por banco?
Existe un primer beneficio y es que tenemos un justificante del pago, aparte de la firma en la nómina del trabajador/a.
Evitamos manejar dinero en efectivo, ya qué con las nóminas de varios trabajadores, podemos tener bastante dinero en metálico en nuestra empresa e invitar así a los amigos de lo ajeno.
Es bastante útil y practico, y hoy en día con las aplicaciones online de la banca resulta muy sencillo.
Ayuda bastante a tener un mejor control de la contabilidad, lo que facilita la gestión de la empresa.
Pero a pesar de ello, tal vez te preguntes…
¿Qué pasa si se paga la nómina con efectivo?
El pago de la nómina en efectivo superando el límite antes mencionado de los 1.000€ tiene consecuencias.
¿Y qué organismo es el encargado de hacer cumplir la ley?
Fundamentalmente la AEAT, ya que va a tomar como base de la posible sanción, la cuantía pagada en efectivo, y esta consiste en una multa del 25% previsto en esa base. Aunque puede haber una reducción de la misma, por la renuncia a presentar recurso contra este castigo, y se justifique que se ha pagado el resto de la sanción.
Con respecto a Inspección de Trabajo, su misión se limita simplemente a comprobar que se han pagado los salarios, en tiempo y en las cantidades legalmente previstas. En relación a la forma de pago, mientras que este quede acreditado le es suficiente.
¿Cómo justifico el pago del salario en efectivo?
Visto el cambio normativo, y como nos puede afectar, es cierto que hay muchas empresas y autónomos, que siempre que se respete el límite de los 1.000€, podrá proceder al pago de la nómina en efectivo.
Para justificar el pago de la nómina en efectivo, el empleado/a debe firmar la nómina, y es importante, que estos pagos queden bien reflejados en la contabilidad diaria de la empresa.
Únicamente la contabilidad oficial puede ser prueba suficiente para acreditar que las salidas de caja coinciden con la fecha de la forma de los recibos de salarios.
Si a un trabajador/a le hemos estado pagando en efectivo y no ha firmado las nóminas, este puede reclamar ante un juzgado que no le hemos pagado, y solicitar el pago de las mismas.
Recordar que las reclamaciones por cantidades adeudadas por la empresa hay un plazo de un año, desde el momento en que se debía de recibir esa cantidad, para que el trabajador/a pueda ejercer su derecho a reclamar ese importe.
Tampoco sería la primera vez que incluso habiendo firmado las nóminas, posteriormente las hemos extraviado, y si añadimos que seamos poco estrictos con nuestra contabilidad, no tenemos prueba documental alguna del pago.
Ya hemos visto algún caso en el que, como resolución de un litigio en el juzgado de lo social, se tuvo que volver a pagar algunas nóminas. Estas que se habían pagado en metálico en su momento, no se tenían las pruebas que hemos indicado anteriormente.